Pasos para autorización de recetas de estupefacientes

Para el trámite de adquisición de talonario para extensión de recetas de estupefacientes:

  • presentar el formulario F-SI-f-12, junto con los requisitos correspondientes (Ver normativa No 16-2002), en la Ventanilla del Ministerio de Salud.
  • El pago se efectuará en el Banco de Desarrollo Rural S.A. (Banrural S.A.). Se realiza un Depósito Monetario por treinta quetzales (Q30.00) en efectivo y se abona a la cuenta No. 3-033-43423-4 a nombre de Fondo Privativo  Depto. Reg. Control Productos Farmacéuticos Afines.

Después de haber efectuado el pago deberá entregar al Departamento la Boleta de Depósito del Banco para adjuntarla al expediente.

Deberá acudir a la Unidad Administrativo Financiera del Departamento para que le sea extendido el recibo de ingresos 63-A, que le servirá como constancia del pago efectuado, y posteriormente se procederá a la entrega del respectivo Talonario.

Para la autorización de recetas de estupefacientes:

  • presentar el formulario F-SI-f-10 en el Departamento de Regulación y Control de Productos Farmaceúticos y Afines.

Para la autorización de recetas de metilfenidato:

  • presentar el formulario F-SI-f-14 en el Departamento de Regulación y Control de Productos Farmaceúticos y Afines.

 

  • Normativa No.16-2002: Adquisición del talonario para extensión de recetas de estupefacientes.
  • Normativa No.17-2002: Autorización de recetas de estupefacientes.
  • Normativa No.30-2003: Autorización de recetas de metilfenidato.

 

 

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